Recientemente, en España, hemos visto cómo a un hombre se le multaba con 300 euros por poseer una mirilla electrónica en su puerta, pero… ¿por qué?, ¿no son legales?, ¿tengo que quitar la mía? En este artículo vamos a tratar este tema para ver cuáles de los dispositivos de este tipo son legales según la legislación vigente, ya que quizá el desconocimiento te pueda acarrear algunos problemas.
Hoy vamos a analizar cuáles son los dispositivos permitidos de este tipo y la razón por la cual en algunos casos son legales y en otros podrían suponerte muchos problemas.
¿Puedo instalar una mirilla electrónica?
La respuesta es, depende, y es que existen muchas leyes que podrían hacer que tu mirilla electrónica fuera ilegal. Aunque existen vacíos legales que precisamente dicen todo lo contrario y las comparan con una cámara de seguridad o con un portero automático.
La noticia que hemos podido leer estos días indicaba como un vecino habría denunciado a otro por poner esta mirilla sin el consentimiento de la comunidad, sin embargo, aun con él, podría seguir considerándose ilegal en muchos casos. Además, necesitas un 60% de apoyo en el edificio para poder instalarla, no sirve con que tu vecino de puerta te deje.
Existen demasiadas leyes que se contradicen, ya que, por un lado, la defensa del denunciado alegaba que sería lo mismo que el telefonillo con cámara, que realmente no existe una diferencia entre un dispositivo que es legal y el otro, y tiene toda la razón, y es por eso que la mayoría de ellas serían legales, pero hay un punto clave que es el que diferencia que un modelo esté permitido y otro no, aunque ambas lleven una «webcam«. Y es el «modo grabación», ahí estaría la clave.
Toda mirilla que grabe una zona común, privada o pública es un delito, al igual que una cámara de vigilancia no puede estar apuntando a la calle o a un espacio privado de otra persona, en este caso la puerta del vecino y el rellano común.
Sin embargo, si nuestro equipo solamente muestra la imagen de una persona que se acerca a nuestra puerta y llama el timbre, sería totalmente legal, al igual que el portero automático, siempre y cuando pasados unos segundos o una vez abierta nuestra puerta, esta imagen desaparezca y no sea guardada en ningún lugar.
Ahora bien, este tema tiene mucha polémica, ya que realmente es muy complicado demostrar si la mirilla que ha instalado alguien es inteligente y graba o simplemente entra dentro de la legalidad. Lo mejor en esos casos es hablar y solucionar las cosas entre vecinos, no denunciarse, pero bueno, a esta persona le ha salido cara la broma, puesto que tendrá que pagar esos 300 euros, además de tener que quitarla, con su respectivo coste.
Incluso en casas o chalets privados, si nuestra puerta apunta a algún punto público tampoco estaría permitido. Solo se me ocurre el caso de tener doble puerta o que esta tenga alguna esquina que solo muestre parte de nuestro jardín, garaje, etc. En ese caso sí que estaría permitido, como cualquier cámara de seguridad, se regirían por la misma normativa.
Así que ya lo sabes, si tienes una o estabas pensando en adquirirla, puedes tener claro que si tiene modo de grabación o almacenamiento podrías tener problemas, sobre todo con vecinos tan simpáticos.